Este lunes el Ejecutivo publicó el Decreto Gubernativo 2-2024 con el que se decretó estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional.

Dicho acuerdo también establece mecanismos de transparencia para la ejecución de los recursos, por medio del artículo 9 de transparencias e informes, que detalla:

Oportunamente preséntese ante el Congreso de la República de Guatemala un informe circunstanciado y medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Decreto número 7 de la Asamblea Constituyente de la República de Guatemala ley de orden público.

Las respectivas unidades ejecutoras del gasto serán responsables de publicar de oficio en sus respectivos portales de información pública los informes remitidos a la Presidencia de la República.

Además, el acuerdo incluye estos mecanismos para garantizar la transparencia del gasto durante el estado de Calamidad:

  1. Las únicas instituciones autorizadas para realizar compras bajo el estado de Calamidad son el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA), el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) y Conred. Los demás ministerios deberán realizar sus compras por los mecanismos habituales.
  2. Las compras que hagan las instituciones autorizadas serán únicamente para atender los daños y los efectos ocasionados por la temporada de lluvias. El resto de compras deberán hacerse por los mecanismos habituales.
  3. El Ministerio de Finanzas creará un tablero digital, con acceso a toda la población, donde publicará las adquisiciones efectuadas durante el estado de Calamidad.
  4. Cada institución deberá publicar en sus portales de Información Pública los informes de gastos que presenten a la Presidencia de la República.
  5. Se presentará oportunamente al Congreso de la República un informe circunstanciado y las medidas adoptadas durante el estado de Calamidad.